NATURALIZACIÓN MEXICANA

Selene Sauza

Abogada especialista en Derecho Migratorio y Constitucional. Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Socia en Sauza & Rico Abogados, S.C.

El artículo 30 de la Constitución Federal, establece que:
“La nacionalidad mexicana por nacimiento la adquieren:

  1.  Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
  2. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano.
  3. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y
  4. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

La nacionalidad mexicana por naturalización la adquieren:

  1. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización.
  2. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.

Los trámites de naturalización mexicana, incluido casos de cónyuges de mexicanos, se realizan ante la Dirección de Nacionalidad, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). El procedimiento mediante el cual se adquiere la carta de naturalización es:

Obtener la constancia de historial migratorio, que detalla la fecha de ingreso y condición migratoria del extranjero. Así como cada uno de los cambios de condición o renovaciones y notificaciones que ha realizado ante el Instituto Nacional de Migración. El tiempo de respuesta es generalmente de tres semanas.

Obtener la constancia de flujo migratorio correspondiente a los dos años anteriores a la fecha de solicitud del trámite de naturalización.

El escrito de solicitud del flujo migratorio se debe especificar el periodo que se desea obtener el flujo de entradas y salidas. Además, se debe realizar un escrito bajo protesta de decir verdad de las entradas y salidas con días exactos fuera de territorio nacional, cuenta el día que salió y el día de regreso. La ley establece que no pueden estar más de 180 días fuera de territorio nacional durante el periodo de dos años a la fecha de aplicación para la naturalización.

La constancia de no antecedentes penales federales y local del lugar de residencia.

Copia fotostática del pasaporte con por lo menos seis meses de vigencia, en el caso de extranjeros que no tienen pasaporte vigente pueden presentar el documento de identidad y viaje que se obtiene en la propia Secretaría. Se debe presentar actualizado, el acta de nacimiento del hijo mexicano, esposa mexicana, acta de matrimonio, en su caso.

Anexar el original de acta de nacimiento del extranjero debidamente legalizada o con apostilla. Así como con la traducción al español por perito autorizado. Con la solicitud debidamente requisitada y tres copias de todo, se recomienda acudir a revisión de documentos a la Secretaría. La preparación del conocimiento del idioma español, en el caso de los que no es su legua materna, deben acreditar la compresión del español mediante un examen de comprensión de lectura. Una breve historia y posteriormente cinco preguntas de opción múltiple. El segundo examen es una imagen que se te muestra y se deben realizar tres oraciones en español con una buena gramática. 

En algunas delegaciones, adicionalmente les hacen preguntas orales a los extranjeros. El tercer examen es de historia de México, con diez preguntas de opción múltiple y debes tener por lo menos ocho correctas.

En el momento de la aplicación del examen se hace la evaluación de este. Una vez acreditados los exámenes se reciben los documentos para el proceso de naturalización, se te entrega un numero de usuario y contraseña para su seguimiento en línea.

La Secretaría puede requerir, en caso de que algún documento no sea legible a fin de que sea subsanado o algún otro faltante. Si todo está bien, y una vez que las autoridades migratorias han emitido opinión favorable, llegará un email de confirmación para realizar las renuncias de ley.

En su caso, se citará para la entrega de la carta de naturalización mexicana. En ese momento se puede solicitar copias certificadas de la misma, previo pago de derechos correspondientes. Con la carta de naturalización, se puede solicitar cita para la expedición del pasaporte mexicano, y de ine. 

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